jueves, 12 de junio de 2014

Etapa 2 del TP edulcorante Aspartamo.



ETAPA 2
El aspartamo es un edulcorante no nutritivo (artificial) cuya potencia endulzante es equivalente a unas 200 veces la del azúcar, si  bien se metaboliza en el organismo aportando 4 kcal/g ,debido a su alto poder edulcorante se lo emplea en pequeñas cantidades para lograr obtener el sabor dulce.
Con un calentamiento prolongado el aspartame se desintegra y pierde poder endulzante, razón por la cual no es apto para ser utilizado en panadería, galletería y alimentos procesados. En algunos alimentos el aspartame se adiciona después de haber sido cocinado el alimento.
Generalmente se utiliza como endulzante de propósito general en bebidas, lácteos, cereales, gelatinas, chicles y como endulzante de mesa.
En la actualidad, es usado en reconocidas marcas de los siguientes alimentos y bebidas:

  • Bebidas carbonatadas
  • Jugos
  • Postres gelificados, rellenos, jaleas
  • Cereales para desayuno
  • Postres y coberturas
  • Edulcorantes de mesa (comprimidos y en polvo)
  • Bebidas en polvo para preparar
  • Chicles
  • Conservas de fruta
  • Untables para pan
  • Helados
  • Productos lácteos
  • Dulces, mermeladas
  • Golosinas
  • Bebidas calientes chocolatadas
  • Multivitaminas
  • Mini mentas para el aliento
  • Medicamentos

Seguridad:
 
Desde que la Food and Drug Administration (FDA) de los Estados Unidos lo aprobara en 1981 como endulzante para alimentos y bebidas, la seguridad del aspartamo ha sido evaluada 26 veces. En 1996, fue autorizado como endulzante para todos lo usos por dicha agencia, y en la actualidad se comercializa en más de 100 países.

El aspartamo es usado ampliamente en países industrializados como los EE.UU., Canadá, Reino Unido, Alemania y Japón, y ha sido examinado y aprobado por comités científicos de expertos tales como el Comité Mixto FAO/OMS de Expertos en Aditivos Alimentarios (JECFA) y el Comité Científico en Alimentos de la Unión Europea. Su seguridad ha sido reafirmada por las autoridades de salud mundialmente reconocidas, a través de nuevas revisiones detalladas que se realizaron en 2002 y 2003.

Por otra parte, es necesario destacar que un grupo de trabajo del Comité de Nutrición de la Academia Americana de Pediatría también concluyó que el aspartamo es seguro para la madre y para el bebé en formación. Además, los estudios han demostrado que no tiene efectos a corto ni a largo plazo sobre las concentraciones de glucosa sérica, colesterol y triglicéridos, ni tampoco sobre la insulina sérica. Y, al igual que los demás edulcorantes no nutritivos, no se encuentra contraindicado para las personas diabéticas.

Excepciones. Ingesta diaria admitida. Rotulado  
El aspartamo ha sido aprobado como endulzante seguro para la población en general, la excepción la constituyen las personas que padecen fenilcetonuria (una rara enfermedad hereditaria), las cuales deben restringir el consumo de fenilalanina
proveniente de todas las fuentes, incluido el aspartamo.El aspartamo (marcas comerciales : Equal sweet ; NutraSweet y Hileret Sweet) es una combinación de fenilalanina y ácido aspártico, que son dos aminoácidos.Al metabolizarse regenera los aminoácidos primitivos (ácido aspártico y fenilalanina) y produce metanol. El nivel de metanol en el aspartamo es insignificante si se lo compara con la cantidad que se encuentra en muchos de los alimentos naturales. (frutas y verduras ).Por ejemplo, el jugo de tomate contiene seis veces más metanol que una porción comparable de bebida carbonatada endulzada con aspartamo.
 En las pocas personas incapaces de metabolizar la fenilalanina se produce el desorden metabólico fenilcetonúrico. También pueden tener problema en metabolizarla las personas con enfermedades avanzadas en el hígado y las mujeres embarazadas con niveles altos de fenilalanina en la sangre.
Por ese motivo, los alimentos que contienen este endulzante deben contener en el rótulo la leyenda “Fenilcetonúricos: contiene fenilalanina”, o una frase similar.
 El aspartamo se encuentra incluido en la “Lista General Armonizada de Aditivos Mercosur”, incorporada al Código Alimentario Argentino (CAA). Allí se le asignan las clases funcionales “Edulcorante” y “Resaltador de sabor”. Se encuentra incorporado al CAA en el Art. 1348 como edulcorante no nutritivo, con una Ingesta Diaria Admitida (IDA) de hasta 40 mg./kg de peso corporal. En EE.UU., la FDA ha fijado la ADI en 50 mg/kg de peso corporal
Cabe recordar que se define como ingesta diaria admitida (IDA) “la estimación de la cantidad de un aditivo alimentario, expresada en relación con el peso corporal, que puede ser ingerida diariamente durante toda una vida sin un riesgo apreciable para la salud”.

Por otra parte, en el Art. 1349 del CAA se establece que los alimentos que emplean edulcorantes no nutritivos, como el aspartato, deberán ser considerados dietéticos, y que deberán consignar en el rótulo principal, a continuación de la designación específica y con igual tamaño de letra, la leyenda “Alimento o Bebida dietética”, o “Alimento o Bebida para regímenes especiales”.
 Asimismo, deberá consignarse en el rótulo su concentración, con caracteres de un tamaño no menor a 1,5 mm de altura.


Bibliografía:
www.anmat.gov.ar
www.alimentosargentinos.gov.ar
www.sweeteners.org
Alimentos introducción, técnica y seguridad. Segunda edición
www.sica.gov.ec
Ministerio de Agricultura y Ganadería del Ecuador
www.nutrar.com.ar
Medlineplus.Edulcorantes artificiales


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